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Raúl Reynoso obtuvo el arresto domiciliario y la Fiscalía apelará la decisión judicial

La jueza de Ejecución y Sentencia Gabriela Catalano concedió el beneficio al ex juez federal de Orán por razones de salud, pese a la oposición de la Fiscalía. El fiscal general Carlos Martín Amad adelantó que recurrirá la resolución por considerarla arbitraria.

El ex juez federal de Orán, Raúl Reynoso, volverá a cumplir su condena en su domicilio luego de que la jueza Gabriela Catalano le concediera el arresto domiciliario. La decisión se conoció este jueves y generó controversia en el ámbito judicial, debido a que la Fiscalía se había opuesto al pedido de la defensa.

La resolución fue dictada por Catalano en su función de jueza de Ejecución y Sentencia, tras analizar una solicitud presentada por los abogados de Reynoso el pasado 16 de octubre, un día después de su detención.

El beneficio fue otorgado por razones de salud, aunque el Ministerio Público Fiscal sostuvo que las condiciones médicas del ex magistrado podían ser atendidas dentro del establecimiento penitenciario.

Tras conocerse la decisión, el fiscal general Carlos Martín Amad anticipó que apelará el fallo por considerar que carece de fundamentos suficientes.

La oposición de la Fiscalía y los argumentos de la defensa

Durante el trámite del pedido, la jueza dio intervención a la Fiscalía, que rechazó la posibilidad de concederle el arresto domiciliario.

Según los informes médicos del hospital Oñativia y del Complejo Penitenciario Federal NOA III, las dolencias de Reynoso podían recibir tratamiento dentro de la unidad carcelaria. Por ese motivo, el Ministerio Público consideró que no existían razones suficientes para otorgarle el beneficio.

Sin embargo, Catalano resolvió hacer lugar al planteo de la defensa y dispuso que el ex juez regrese a su domicilio, bajo un control estricto de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.

La magistrada también tomó en consideración antecedentes de una resolución anterior que había permitido a Reynoso cumplir prisión domiciliaria. La Fiscalía cuestionó ese argumento al señalar que aquella decisión se había adoptado durante el contexto excepcional de la pandemia de COVID-19.

Las dos condenas que pesan sobre el ex juez

La situación judicial de Reynoso está vinculada con dos condenas dictadas por tribunales federales diferentes.

La primera fue impuesta el 25 de marzo de 2019 por el Tribunal Oral Federal 1, que lo condenó a 13 años de prisión por hechos relacionados con el cobro de dinero a personas vinculadas con causas por narcotráfico. En ese proceso fue considerado autor del delito de concusión en siete hechos, en concurso ideal con prevaricato en seis hechos.

La segunda condena fue dictada el 27 de agosto de 2024 por el Tribunal Oral Federal 2, que le impuso cinco años de prisión por cohecho pasivo, en concurso ideal con falsedad ideológica de documento público y concusión, en concurso real.

El 14 de octubre de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible un planteo de la defensa que buscaba revertir esta última condena. A partir de esa decisión, el fiscal general Carlos Martín Amad solicitó su detención.

Reynoso fue alojado inicialmente en dependencias del Escuadrón 45 de Gendarmería Nacional, en Chachapoyas, y posteriormente trasladado al Complejo Penitenciario Federal NOA III, en General Güemes.

La unificación de penas, otra discusión pendiente

Además del arresto domiciliario, permanece pendiente la unificación de las dos condenas que recibió el ex magistrado.

El fiscal general Carlos Martín Amad solicitó que se aplique el método aritmético, que implicaría sumar las penas de 13 y cinco años, alcanzando un total de 18 años de prisión.

El planteo se relaciona con la modificación del artículo 58 del Código Penal, introducida por la Ley 27.785, que estableció como regla general el sistema de unificación aritmética de penas.

Sin embargo, la defensa podría invocar el principio de la ley penal más benigna, contemplado en el artículo 2 del Código Penal, debido a que los hechos por los que Reynoso fue condenado son anteriores a esa reforma.

Esa alternativa abriría la posibilidad de discutir la aplicación de un sistema composicional, mediante el cual los jueces evalúan las características de los delitos, los daños ocasionados y las circunstancias personales del condenado para establecer una pena única.

Qué puede pasar con la condena de Reynoso

La tarea de unificar las penas quedó pendiente y deberá resolverse entre los tribunales que dictaron las condenas. La definición será determinante para establecer cuánto tiempo deberá permanecer privado de su libertad.

Según el cómputo mencionado en la resolución del Tribunal Oral Federal 2, Reynoso habría cumplido la mitad de la condena de cinco años en junio de 2026. Los dos tercios se alcanzarían en abril de 2027 y el vencimiento de esa pena estaba previsto para diciembre de 2028.

No obstante, esos plazos corresponden a una de las condenas y podrían modificarse cuando se resuelva la unificación.

Mientras tanto, el arresto domiciliario abre un nuevo capítulo en la situación judicial del ex juez federal de Orán. La apelación anunciada por la Fiscalía deberá poner nuevamente bajo análisis los fundamentos de la decisión que le permitió abandonar la cárcel.

Redactado por Salta Ahora.